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La noche del 28 de abril, cuando Bachelet anunció su batería anti corrupción política y privada, un proyecto de ley que tipificaba y sancionaba el delito de las boletas y facturas ideológicamente falsas, entre otros ilícitos, quedó listo para su firma. La Presidenta lo desechó tras ser advertida de la trampa que escondía. CIPER reconstruyó el itinerario de ese proyecto, el que se originó en un acuerdo político con la UDI para evitar que los que emitieron y recibieron boletas falsas fueran llevados a tribunales. Aquí se entregan los párrafos más importantes de ese proyecto de ley.
El mensaje que la Presidenta Michelle Bachelet envió al país por cadena nacional el 28 de abril, al anunciar su paquete de medidas para combatir la corrupción, incluyó un párrafo que para un reducido grupo de entendidos tenía una segunda lectura. Al destacar sus prioridades, las que darían paso a proyectos de ley y medidas administrativas, afirmó: “Superaremos los vacíos de la ley actual para asegurar sanciones efectivas a la facilitación y aprovechamiento de facturas y boletas ideológicamente falsas”. 
La frase estaba directamente relacionada con un artículo que contenía un proyecto de ley que preparó en tiempo express y en absoluta reserva un grupo coordinado desde el Ministerio del Interior, encabezado por el entonces ministro Rodrigo Peñailillo, y que contó con el auspicio de dirigentes de la UDI.
Rodrigo Peñailillo
Rodrigo Peñailillo
La exploración de un acuerdo político que consagrara la “vía administrativa” para evitar que los episodios de financiamiento ilegal de la política lleguen a los tribunales, se venía intentando desde marzo de este año, cuando la principal afectada por los ilícitos del Grupo Penta era la UDI, entonces presidida por el diputado Ernesto Silva. Su salida de la cabeza del gremialismo no paralizó las conversaciones tendientes a que las boletas y facturas falsas usadas por políticos tuvieran solo sanciones leves y subsanadas con el pago de los impuestos defraudados.
Fue precisamente el trabajo de la “Comisión Engel” el que dio la excusa para intentar institucionalizar algo similar a esa “vía administrativa” en un proyecto de ley que si bien innovaba en la sanción a la corrupción entre dinero y política, abría la puerta a una amnistía.
El proyecto que buscaba endurecer las penas para los delitos de corrupción en la relación entre empresas y políticos –al que CIPER accedió-, incluía además un artículo que, de haberse aprobado, facilitaba la amnistía para todos aquellos que hubieran incurrido en el delito de emitir boletas o facturas falsas a cambio de dinero ilegal para sus actividades políticas. También beneficiaba a los que hicieron esos aportes obteniendo rebaja ilícita de sus impuestos al aumentar los costos de sus empresas de manera indebida.
“Mensaje de S.E. la Presidenta de la República con el que inicia un proyecto de ley que modifica el Código Penal en materia de delitos en contra de la corrupción”, era el título del texto de nueve páginas que esa noche del 28 de abril estaba a un paso de ser enviado al Congreso para su trámite.
En ese acotado articulado se introducían modificaciones al artículo 197 del Código Penal cuyo detalle lleva el título: “Documentos tributarios ideológicamente falsos”. Allí se “consagra expresamente como conducta constitutiva de delito otorgar documentos tributarios falsos, es decir, aquellos emitidos por quien no realizó un servicio o no entregó el producto a que hace referencia el documento, así como también se castiga el contribuyente receptor”.
La paradoja es que la redacción de este artículo aparece como una medida efectiva contra la corrupción política al tipificar, por primera vez, las boletas o facturas falsas ya no solo como un ilícito tributario, sino como un delito inserto en el Código Penal. Pero en los hechos, al describir en el proyecto una nueva conducta ilícita que anteriormente no estaba tipificada, se está diciendo implícitamente que quien incurrió antes de la vigencia de la nueva ley en esa conducta, no cometió delito. En la práctica, una suerte de amnistía.

MOMENTO DELICADO

La Presidenta lanzó esa noche del 28 de abril su paquete de medidas en un clima convulsionado. La avalancha de facturas y boletas falsas que beneficiaban a distintos dirigentes políticos y que emanaban de la investigación judicial a los ilícitos cometidos por los dueños de Penta y de Soquimich, entre otros, había minado gravemente la confianza de los ciudadanos. Todo ello agravado por el estallido de los beneficios obtenidos por la empresa de su nuera, Natalia Compagnon, en un oscuro negocio inmobiliario que contó con un millonario crédito otorgado por el banco de propiedad de Andrónico Luksic.
Hacía solo cuatro días que la Presidenta había recibido el informe final de la llamada “Comisión Engel”, un comité asesor que ella misma convocó para enfrentar la crisis de cuya gravedad ya nadie dudaba. De allí que sus palabras graficaran el delicado momento.
“El país ha conocido irregularidades, corrupción y faltas a la ética que afectan a la política y a los negocios. Eso es grave, porque deteriora nuestra democracia y crea abusos, privilegios y desigualdad. Los chilenos y chilenas están molestos. Los que tenemos posiciones de liderazgo y poder, debemos asumir nuestra responsabilidad en esta situación. Y parto por mí misma…”, afirmó Bachelet al iniciar la cadena nacional esa noche de abril.
Junto con informar que ella misma encabezaría el plan de ejecución de las medidas, anunció que lo haría “con toda mi energía y sin temor de ningún tipo” para cumplir con el objetivo de “cambiar las cosas de raíz”.
“Son medidas severas, y algunos querrán resistirlas para que las cosas queden igual. Pero mi principio es claro: la democracia y la política son de todos y no podemos tolerar que sean capturadas por el poder del dinero”, dijo la Mandataria esa noche.
En esos cuatro días transcurridos desde que la “Comisión Engel” le entregara a la Presidenta su informe final, hasta la noche de su discurso, y a pesar de que el informe de la comisión no dice una sola palabra sobre boletas o facturas falsas, el proyecto de ley estaba listo para la firma de Bachelet.
Presidenta Bachelet recibe informe de Consejo AnticorrupciónPara los que esperaban que se abriera una puerta a la llamada “vía administrativa” del financiamiento ilegal de la política, fueron horas intensas, pero que aportaron una cuota de oxígeno. Un elemento que se había ido consumiendo junto con el espacio para maniobrar dada la férrea actitud que tanto en Impuestos Internos mantuvieron el subdirector jurídico Cristián Vargas y los funcionarios que lo respaldaban, como en el Ministerio Público que seguía sin tregua pidiendo formalizar y ampliar las querellas a políticos.
Entre los que presionaban por establecer la “vía administrativa” se agregaban ahora figuras del oficialismo y un grupo importante instalado en el gobierno -encabezado por el ministro Peñailillo- que había recibido financiamiento ilegal de Soquimich, Aguas Andinas y empresas del Grupo Angelini a través de una sociedad de Giorgio Martelli.
Pero los hechos no se desarrollaron como lo planificaron quienes incluyeron ese artículo en el proyecto de ley que encabezaría la batería presidencial contra la corrupción. Porque Michelle Bachelet no solo no firmó el proyecto de ley, sino que ocho días después de su discurso del 28 de abril anunció en entrevista con Don Francisco en Canal 13 que le había pedido la renuncia a todos sus ministros, para terminar el 11 de mayo desalojando de La Moneda a todo el Comité Político que estaba asociado a ese proyecto de ley.

¿QUIÉN INCLUYÓ ESE PÁRRAFO?

La indagación hecha por CIPER no logró identificar quién incluyó el párrafo relativo a las “boletas y facturas ideológicamente falsas” en el discurso de Bachelet en la cadena nacional del 28 de abril. Lo que sí se pudo determinar es que para la preparación de ese proyecto de ley, se pidieron borradores a distintos abogados y que una parte esencial del articulado al que hizo alusión la Mandataria en esa alocución, salió del Ministerio de Justicia, cuyo titular entonces era José Antonio Gómez.
Gómez, quien el 11 de mayo pasó a ocupar la cartera de Defensa, afirmó a CIPER que él cumplió una tarea encomendada por los ministerios del Interior y Secretaría General de la Presidencia, encabezado entonces por Ximena Rincón. Dice que asumió esa tarea, porque tenía estrecha relación con su misión como ministro de Justicia hasta ese momento. Y acotó: “Pero nunca participé de ninguna reunión donde se tomara la decisión de qué hacer con ese proyecto. La decisión política de lo que se presenta o no se presenta, la armazón de lo que será el proyecto de ley, no es mía, es del Comité Político y yo no formaba parte de él”.
El entonces ministro de Justicia relató también a CIPER cómo se llegó a ese articulado. Recordó que en septiembre de 2014, el Ministerio de Justicia le encargó a una comisión de seis expertos la elaboración de un nuevo Código Penal (el vigente fue promulgado en 1874). El grupo lo presidió el académico de la Universidad Diego Portales, Héctor Hernández y lo integraron los abogados: Juan Domingo Acosta, Jaime Couso, Juan Pablo Mañalich y Luis Ortiz Quiroga. Cabe precisar que tanto Hernández como Acosta integraron la comisión formada por Sebastián Piñera en marzo de 2013, para el mismo objetivo, y que encabezó el penalista Jorge Bofill.
2014-09-24-ministro-Gomez-por-comision-codigo-penal-1El actual ministro de Defensa agregó que frente a las tareas que emergieron con carácter de urgencia del informe de la “Comisión Engel”, él le solicitó al abogado Héctor Hernández que trabajara en el proyecto de ley que sancionaría delitos de corrupción no tipificados en la normativa vigente, así como los que merecían endurecer las penas. La respuesta que le habría dado Hernández al ministro fue que no tenía tiempo para realizar ese trabajo, pero que aceptaba hacer una minuta.
Una vez que en el despacho del entonces ministro de Justicia recibieron la minuta, el equipo de Gómez habría hecho la tarea de completar las indicaciones dadas por el abogado Hernández. Todo se hizo en forma rápida y el resultado se mandó al Ministerio del Interior y a la Segpres.
El abogado Héctor Hernández confirmó a CIPER que no pudo realizar el trabajo que le pedía el ministro Gómez, por estar ocupado con otros compromisos laborales, pero que efectivamente realizó una minuta. “Fue un punteo en el que frente a cada materia que establecía el informe de la ‘Comisión Engel’, yo fui colocando en qué página del proyecto del nuevo Código Penal estaba mencionado”, señaló.
Hernández recordó bien que en su punteo figuraba el delito de cohecho, la corrupción entre privados y fórmulas de evasión de impuestos por medios engañosos, pero descartó que haya incluido en ese punteo ninguna referencia a “boletas o facturas ideológicamente falsas”.
¿Quién incluyó ese artículo en el proyecto de ley para combatir la corrupción? Misterio. Tanto como la persona que incluyó la frase relacionada a ese artículo preciso en el mensaje que la Presidenta entregó al país el 28 de abril.

EL TENTADOR ENVASE DE LA TRAMPA

El proyecto de ley que “modifica el Código Penal en materia de delitos en contra de la corrupción”, implicaba también modificar el Código Tributario. En el mensaje presidencial que lo acompañaba se dice: “En marzo del presente año, en un particular momento político y social del país, consideramos necesario efectuar una revisión del régimen jurídico vigente a fin de proponer medidas concretas de orden legal y reglamentario para el cumplimiento efectivo de los principios éticos, de integridad y transparencia, y el eficaz control del tráfico de influencias, la corrupción y los conflictos de interés” (ver facsímil)
En ese contexto, se dice en el párrafo siguiente, se le encomendó al Comité Asesor Presidencial, presidido por Eduardo Engel, la tarea de proponer “medidas concretas de carácter legal o administrativo, en los ámbitos de la prevención, regulación, sanción y reparación de conflictos de interés, tráfico de influencias y la corrupción en todas sus formas, en el mundo de los negocios, la política, el servicio público y las relaciones entre éstos”.
En el punto II y bajo el subtitulo “Objetivos del Proyecto de Ley”, se dice: “A fin de revertir esta situación, la presente iniciativa legal que someto a vuestra consideración incorpora una serie de medidas tendientes a reforzar en unos casos la persecución penal de conductas en las que se encuentran comprometidos funcionarios públicos y, por otra parte, incorpora nuevos tipos penales que afectan a privados, pero que inciden en la actividad pública”(ver facsímil).
Ministro José Antonio Gómez
Ministro José Antonio Gómez
Solo dos artículos contiene el proyecto. El primero se titula: “Delitos relativos al financiamiento y gasto electoral de las campañas y partidos políticos” e introduce modificaciones al Código Penal (ver facsímil). Establece sanción  a quienes “ofrezcan, efectúen, soliciten o acepten para un partido político aportes prohibidos o que excedan los límites establecidos por la ley” (presidio menor en sus grados medio a máximo). También se castiga al que “efectuare gastos electorales cuyo monto total exceda del límite permitido por la ley (presidio menor en sus grados medio a máximo y si el exceso es superior a la mitad del monto autorizado se impondrá el grado máximo), y al que llevare contabilidad falsa o incompleta sobre ingresos y gastos electorales a la autoridad” (con reclusión mayor en su grado mínimo).
Allí se incorpora un tipo penal sancionable en conformidad a la Ley 20.393 que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho.
En ese punto y bajo el “número 2”, se introducen modificaciones al artículo 197 del Código Penal, que habla de “la falsificación de instrumentos privados”. En el proyecto de ley las modificaciones se detallan bajo el título: “Documentos tributarios ideológicamente falsos”.
Y dice: “a.- Intercálase en el inciso segundo, entre las expresiones ‘cometido en’ y ‘letras de cambio’ la siguiente expresión: ‘documentos tributarios’. (Así quedaría el inciso modificado: “Si tales falsedades se hubieren cometido en documentos tributarios, letras de cambio u otra clase de documentos mercantiles, se castigará a los culpables con presidio menor en su grado máximo y multa de dieciséis a veinte sueldos vitales, o sólo con la primera de estas penas atendidas las circunstancias”). 
b.- Agrégase un inciso tercero, nuevo, del siguiente tenor: ‘En todo caso, se consideran falsos los documentos tributarios emitidos por quien no realizó un servicio o no entregó el producto a que hace referencia el documento. Con igual pena se sancionará al contribuyente receptor  del respectivo documento” (y se establece que si el emisor o receptor es una persona jurídica se aplicará lo dispuesto en la Ley 20.393). (ver facsímil).
Bajo el número tres y cuyo título es “ampliación del sujeto activo en el caso del delito de tráfico de influencias”, lo relevante del proyecto es que ya no solo el empleado público es el sujeto activo de ese delito, sino que se establecen sanciones para aquel que “ejerza influencia en un empleado público con el objeto de obtener una decisión favorable a sus intereses”.También “se aumenta la pena máxima para aquel que cometa el delito de cohecho, pasando de reclusión menor en su grado mínimo a reclusión menor en su grado medio”, si se trata de un empleado público que acepta o recibe mayores derechos que los que consagra su cargo o beneficios económicos para sí o para un tercero; o por omitir un acto propio de su cargo. Y se endurecen las penas para quienes cometan delito de soborno.
El número 8, incorpora el delito de “corrupción entre privados”, bajo el argumento de que “las relaciones entre privados también se ven teñidas de irregularidades que terminan excediendo la esfera de lo privado”. Y se castiga al “ejecutivo de la empresa que solicita o acepta recibir un beneficio para él u otra persona en la obtención de un negocio”, con pena equivalente a la que el mismo proyecto le impone al que comete delito de cohecho (artículo 248 del Código Penal) (ver facsímil)
El artículo 2º, introduce modificaciones al Código Tributario, endureciendo las penas de dos delitos regulados en su artículo 97: el primero se refiere a las declaraciones maliciosamente incompletas o falsas; y el segundo, a la venta o facilitación de documentos tributarios para la evasión de impuestos (vea el facsímil).

LA DECISIÓN QUE CAMBIÓ EL RUMBO

Cuando se analiza el orden en que la Presidenta Bachelet anunció sus medidas para combatir la corrupción la noche del 28 de abril, lo primero que destaca es que son similares al orden del proyecto de ley que a esas horas estaba listo para su firma. En primer lugar, mencionó la actividad política y de los partidos:
“Transparentaremos completamente el financiamiento de la política y eliminaremos los aportes anónimos y reservados, y las empresas no podrán hacer aportes de ningún tipo. La transgresión de estas normas será considerada delito. Será el Estado el que financie el trabajo de los partidos. Para eso tendrán que cumplir con exigencias y controles claros. Tendrán que reinscribir a todos sus militantes para sincerar los registros; tendrán que ser democráticos en su interior, tener contabilidad transparente y fiscalizada, dar espacio a nuevos líderes”. 
Juan Pablo Hermosilla
Juan Pablo Hermosilla
Pasaron los días y la Presidenta no firmó el proyecto. La indagación de CIPER indica que la presión de los interesados en que el proyecto de ley se enviara al Congreso, se acrecentó. Hubo al menos dos personas que la alertaron del veneno o trampa que contenía ese proyecto de ley. Una de ellas fue el abogado Juan Pablo Hermosilla, quien defiende al ex director de Chilevisión, Jaime de Aguirre, por las boletas falsas que emitió para Soquimich, Aguas Andinas, Pampa Calichera e Inversiones Ilihue, cuando el canal pertenecía a Sebastián Piñera.
CIPER consultó con el abogado Hermosilla y su respuesta fue escueta pero clara: “Dado el cúmulo de antecedentes que me entrega, no lo puedo desmentir, pero por secreto profesional no le puedo dar más detalles. Gracias”.
Lo cierto es que Michelle Bachelet analizó los contenidos del proyecto y de otras situaciones que estaban ocurriendo y exactamente ocho días más tarde, el 6 de mayo, les pidió la renuncia a todos sus ministros. El 11 de mayo un nuevo equipo político desembarcó en La Moneda, encabezado por el ministro del Interior Jorge Burgos.
Los testimonios recogidos por CIPER indican que de inmediato, entre el 12 y el 13 de mayo, una pregunta formulada por algunos parlamentarios comenzó a rondar a los ministros políticos del nuevo gabinete: ¿qué pasaba con el primer proyecto de ley contra la corrupción?, haciendo mención al polémico artículo. Fue entonces que se le habría hecho llegar al ministro Burgos el borrador del proyecto que tanto inquietaba a algunos.
Una versión indica que el proyecto fue analizado en el nuevo Comité Político. Allí, el ministro de Hacienda, Rodrigo Valdés, habría dicho que enviar ese proyecto sería “un suicidio político”, mientras que Jorge Burgos habría acuñado el término de “amnistía impropia”. El entonces ministro de la Segpres, Jorge Insunza, se sumó al rechazo, al igual que su colega del Ministerio Secretaría General de Gobierno, Marcelo Díaz. Hubo consenso total.
Lo que ocurrió después fue clave para lo que vendría: la Presidenta se reunió con el Comité Político y les dijo en forma tajante que por ningún motivo firmaría ese proyecto de ley, porque era una decisión tomada hacía varios días. Lo último que se supo de este proyecto fue lo que dijo Jorge Insunza en los patios de La Moneda, el domingo 7 de junio, al terminar su anuncio de que renunciaba al Ministerio Secretaría General de la Presidencia:
“Sé perfectamente que me atacan por mi dura objeción a esa petición de un proyecto de ley que derive en una especie de impunidad impropia, de una amnistía impropia. Jamás contarían conmigo para tamaña desfachatez”.
Así fue como la “amnistía impropia” fue a dar al tacho de la basura.